Negligencia

“Negligencia” es un término jurídico que significa algo así como “descuido”. En un caso de lesiones personales basado en la negligencia, no alegas que la parte culpable te lesionó intencionadamente. En cambio, alegas que tus lesiones se produjeron debido a su comportamiento negligente. Legalmente, debes probar cuatro elementos para establecer la responsabilidad por negligencia: deber de diligencia, incumplimiento del deber, daños y causalidad.

Deber de diligencia

Deber de diligencia

Todo adulto mentalmente competente tiene un deber de cuidado hacia los demás. En términos sencillos, eso significa que debes aplicar el sentido común para no lesionar a nadie con un comportamiento descuidado. Si conduces, debes parar en todas las señales de stop. No debes seguir a otro vehículo demasiado de cerca y no debes conducir al límite de velocidad durante una tormenta. 

Debido a su formación especializada, determinados profesionales deben ejercer un mayor deber de diligencia cuando ejercen su profesión. Un médico, por ejemplo, debe utilizar su capacitación y experiencia cuando atiende a un paciente. La ley les impone un nivel de cuidado mayor que el que exigiría a un transeúnte que prestara primeros auxilios en la carretera tras un accidente de coche.

No siempre es fácil establecer el deber exacto de diligencia del demandado. A veces necesitas el testimonio de un perito para tomar esta decisión. 

Incumplimiento del deber

El “incumplimiento del deber” está estrechamente relacionado con el deber de diligencia. Lo que realmente significa es que el comportamiento del demandado no se ajustó a su deber de diligencia. Si, por ejemplo, un médico tuviera el deber de ordenar pruebas de laboratorio, no hacerlo constituiría incumplimiento del deber. Saltarse un semáforo en rojo en el tráfico constituiría incumplimiento del deber. Incumplir el deber puede significar hacer algo que no debías hacer. También puede significar no hacer algo que debías hacer. 

Deber de diligencia más incumplimiento del deber equivale a negligencia. Sin embargo, la negligencia por sí sola no basta para establecer la responsabilidad. Para que exista responsabilidad, también debes demostrar los daños y la causalidad.

Daños y perjuicios

“Daños” es un término jurídico que significa “pérdidas”. Los daños pueden ser tangibles (económicos) o intangibles (no económicos). Sin embargo, para obtener una indemnización, debes demostrar que has sufrido una lesión física. Una vez que lo hayas hecho, se te abrirá la puerta a solicitar también una indemnización por daños no económicos.

Daños económicos

Los daños económicos son pérdidas tangibles fáciles de traducir en dólares y centavos. Es sencillo, por ejemplo, poner un valor en dólares a tus gastos médicos. Otros gastos incluyen el tiempo de trabajo perdido (mientras estabas en el hospital o en casa recuperándote) y los gastos accesorios, como el cuidado de los niños o los servicios domésticos. 

Daños no económicos

Los daños no económicos son pérdidas intangibles que incluyen:

  • Dolor y sufrimiento, como dolor físico, angustia emocional y angustia mental. Incluye tanto el dolor crónico como el agudo
  • Incapacidad permanente, cicatrices o desfiguración
  • Pérdida permanente de una función corporal importante
  • Angustia emocional, incluida la humillación, la ansiedad y la pena
  • Trauma psicológico con síntomas físicos como depresión o TEPT
  • Pérdida del disfrute de la vida.

El cónyuge, padres o hijos de la víctima también puede reclamar por pérdida de consorcio, incluida la pérdida de afecto, consuelo, comodidad, compañía, sociedad, asistencia, apoyo emocional y amor.

El valor de los daños no económicos puede sumar mucho más que el valor de los daños económicos.

Daños punitivos

En casos inusuales, puedes solicitar daños punitivos además de los económicos y no económicos. Los tribunales son reacios a conceder indemnizaciones punitivas, y solo lo harán cuando el comportamiento del demandado haya sido escandaloso. El nivel de prueba es más alto para los daños punitivos que para los económicos y no económicos.

Causalidad

Una vez que has probado la negligencia (deber + incumplimiento) y los daños, tienes que vincular ambas cosas si quieres establecer la responsabilidad. La causalidad es el vínculo. Hay dos formas de causalidad, y debes probar ambas para establecer la responsabilidad. 

Causa de hecho

La causa de hecho, también conocida como causa “pero”, se da si el daño no se hubiera producido de no ser por el comportamiento del demandado. Si puedes decir honestamente que “si no hubiera ocurrido X, tampoco habría ocurrido Y”, entonces es justo afirmar que X causó Y, al menos en lo que respecta a la causa de hecho.

Causa próxima

Una vez que pruebes la causa de hecho, deberás probar también la causa próxima. Eso significa que la relación causa-efecto debe haber sido lo suficientemente estrecha como para que fuera razonable esperar que el demandado hubiera previsto el perjuicio que se produjo. 

El caso clásico que ilustra la causa próxima es Palsgraf contra Long Island Railroad Company. En este caso, un vigilante de una estación de tren dejó caer un paquete a las vías. Dio la casualidad de que el paquete contenía fuegos artificiales, que explotaron e hirieron a una mujer que se encontraba a cierta distancia. 

El tribunal dictaminó que no existía causa próxima porque el vigilante no podía haber previsto razonablemente que alguien que estuviera tan lejos del paquete sufriera lesiones.

Un abogado experto en lesiones personales de Laredo puede ayudarte a demostrar la negligencia

La negligencia no es necesariamente fácil de demostrar. Incluso si lo consigues, queda una cuestión importante: ¿a cuánta indemnización tienes derecho? Un abogado experto en lesiones personales de Laredo puede maximizar tus posibilidades de recibir hasta el último centavo que te deba la parte culpable. Incluso después de deducir los honorarios del abogado, es probable que salgas ganando.